Gestoría especializada en herencias

Trámite herencias Sevilla

1. Plazos fiscales

Debes saber que existen plazos fiscales para tramitar una herencia. Por lo general, se establecen 6 meses a partir de la muerte del causante para pagar el impuesto de sucesiones y el de incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento de 6 meses más, que también lo podemos gestionar en ARC Gestoría.

2. Plazos civiles

También debes saber, que no existe plazo para aceptar, rechazar o repartir la herencia. Aún así, en ARC Gestoría recomendamos que este trámite se realice dentro del plazo de 6 meses, establecido por la legislación fiscal. De esta manera cumpliremos con los plazos fiscales y civiles al mismo tiempo.

3. Trámites previos

Una vez transcurridos 15 días hábiles desde la defunción del cusante, se puede obtener el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, con el que podremos saber si el difunto otorgó o no testamento. Te ayudaremos a solicitar este certificado.

4. El acta de declaración de herederos

La documentación necesaria para tramitar el acta de declaración de herederos es:

  • Documento de identidad de los firmantes
  • Certificado de defunción y Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad (hablamos de él en el punto 3)
  • Libro de familia del difunto
  • Documento de identidad del difunto

5. La escritura de herencia

Esa es una de las partes principales del proceso. Cuando estén de acuerdo todos los herederos en el reparto se requiere la siguiente documentación: documento de identidad de los firmantes, testamento, escrituras, datos catastrales, certificados bancarios de los saldos existentes, documentos de los vehículos y justificantes fiscales.

6. Después de la escritura de herencia: Modelo 650

Para concluir el proceso sucesorio, habrá que liquidar el impuesto de sucesiones (en caso de que no se haya hecho previamente) en la comunidad autónoma correspondiente al último domicilio del difunto. Estos últimos trámites lo pueden realizar los interesados o encargarlo a ARC Gestoría para optimizar tiempo y recursos.

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Los puntos redactados anteriormente son orientativos. No todas las herencias son iguales, por lo que podría ser necesaria más o menos documentación de la incluida anteriormente.

Habla con nosotros sin ningún compromiso para conocer tu caso y ayudarte en su gestión.

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Preguntas más frecuentes

Es importante conocer que para liquidar el Impuesto de Sucesiones en Andalucía existe un plazo de 6 meses desde la fecha del fallecimiento del causante. En ARC Gestoría podemos gestionar la solicitud de aplazamiento si fuese necesario. Adicionalmente, para otros trámites como obtener el certificado de últimas voluntades, también hay plazos específicos.

El coste dependerá del volumen de bienes, número de herederos, complejidad de los trámites y si hay impuesto de sucesiones que liquidar. Nuestra gestoría en Sevilla ofrece un presupuesto personalizado sin compromiso, con transparencia desde el inicio.

Cuando la herencia incluye bienes inmuebles o vehículos, se necesitan trámites adicionales como la escritura de herencia, la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales o de vehículos, y la inscripción en los registros correspondientes.

Sí, nuestra gestoría en Sevilla se encarga de la liquidación y presentación del Impuesto de Sucesiones, así como, si corresponde, del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal).

El plazo varía según la complejidad, pero cuando todos los documentos están en regla y no hay incidencias puede completarse en unas pocas semanas. En ARC Gestoría te facilitamos un seguimiento del estado del trámite para que estés informado en todo momento.

Porque evitamos errores en la documentación, cumplimos los plazos fiscales, asesoramos en optimización fiscal, gestionamos con notaría y registro si es necesario, y ofrecemos un solo punto de contacto para todo el proceso.

Podemos solicitar el certificado de últimas voluntades y proceder al acta de declaración de herederos si no hay testamento. En nuestra gestoría en Sevilla te ayudamos en esas situaciones para evitar bloqueos.

Sí, si la herencia incluye vehículos, nuestra gestoría en Sevilla gestiona la transferencia o baja del vehículo, cambio de titularidad o lo que la normativa exija, integrando el trámite junto con el resto de la herencia.