Te contamos como puedes efectuar transferir tu vehículo en Remedios Sevilla a otra persona y cuales son los requisitos para poder hacerlo.
Si eres el comprador de un vehículo utilizado tienes un plazo máximo de treinta días desde la firma del contrato para efectuar el cambio de titularidad del mismo. Una vez realizado el trámite, se expedirá un nuevo permiso de circulación que únicamente va a ser válido si posee la ITV en vigor.
Antes de acudir a las oficinas de la DGT, debes justificar el pago, exención o bien no unión del impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620 o bien modelo seiscientos veintiuno según corresponda) en la comunidad autónoma en la que tengas tu domicilio fiscal.
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Requisitos para transferir tu vehículo en Remedios Sevilla
Recuerda que no estar al día en el pago de impuestos locales o bien de sanciones relacionadas con el vehículo (no con la circulación, como pueden ser exceso de velocidad, aparcamiento…) impide realizar la transferencia del vehículo y que la existencia de una reserva de dominio, embargo, o una orden de precinto sobre el mismo puede tener ciertas limitaciones.
Por lo que antes de efectuar la transferencia de tu coche o motocicleta en Remedios Sevilla debes comprobar que el vehículo es transferible, lo que significa:
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Con el Impuesto de Circulación del año precedente abonado.
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Con las posibles sanciones impuestas por infracciones del vehículo abonadas.
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Libre de cualquier restricción de predisposición (reserva de dominio) que tuviese inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera o subrogación por parte del comprador.
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Libre de embargos y precintos o bien documento firmado por el comprador en el que confirma que es conocedor de la situación de embargo o precinto del vehículo.
¿Qué precisas para realizar la trasferencia correctamente?
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Solicitud en impreso oficial de cambio de titularidad relleno y firmado tanto por el comprador como por el vendedor.
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Documento que acredite la transmisión del vehículo: Factura o contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor.
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Identificación del comprador: [1] Personas físicas: documento oficial que acredite su identidad y domicilio (documento nacional de identidad, permiso de conducción de España, tarjeta de vivienda, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros) o compulsa oficial del mismo. [2] Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación y también identidad del que firme. [3] Menores o bien incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su documento nacional de identidad y documento que acredite el concepto.
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Justificante de pago con los datos de la tasa adquirida anteriormente o bien una tarjeta de crédito para efectuar el pago en nuestras oficinas.
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Documento para identificar al vendedor. Bastará la copia de alguno de los documentos consignados.
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Justificante de pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales liquidado en la Comunidad Autónoma del adquiriente, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso se aportará factura. Consúltanos las condiciones de liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.
¿Quién puede efectuar la transferencia de tu vehículo?
Si se realiza de forma presencial en Remedios Sevilla, el cambio de titularidad del vehículo puede hacerla el comprador o el vendedor o cualquier persona autorizada en el nombre de alguno de los dos. Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el instante de solicitar la cita anterior en el sesenta, se debe indicar el documento de identidad del interesado y asimismo el de la persona autorizada.
Para efectuar la autorización a otra persona que viva en Remedios Sevilla y que actúe en tu representación, puedes designar a un representante.
También puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la petición, y donde exprese su carácter gratis.
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