No se puede transferir un coche: causas y motivos

Puede que, después de un tiempo pensándolo, por fin nos hayamos decidido a comprar un coche entre particulares y nos encontremos con un informe de la DGT que nos diga que este vehículo no se puede transferir. En este informe, veremos una inscripción en la que dice: “vehículo con denegatoria”. Esta inscripción nos dicta que dicho vehículo no puede transferirse hasta que no se cancele o resuelva la razón de esta denegatoria.

Motivos por los que no se puede transferir un vehículo:

¿Qué ocurre con los vehículos cuyo titular ha fallecido?

Si el vehículo en cuestión no ha sido incluido en herencia, o no se ha presentado ningún documento que acredite el fallecimiento del titular, la custodia o posesión del vehículo o una declaración de herederos o similar, la transferencia del vehículo no puede realizarse.

Vehículos con embargos, precintos o multas

Aquellos vehículos a los que les conste un embargo, realmente sí pueden transferirse. En estos casos la DGT sí que efectúa el cambio de titular, pero es obligatorio que se comunique al comprador del vehículo la existencia del embargo. En caso de precinto, la Jefatura de Tráfico que corresponda, autoriza el cambio de titular del vehículo, pero no expide un nuevo permiso de circulación. Será necesario cancelar el precinto para obtener el permiso de circulación y que se pueda transferir en vehículo correctamente.

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Desde el año 2010, no se puede transferir un coche si tiene cuatro o más sanciones (multas) impagadas en vía administrativa de carácter grave o muy grave. En caso de sanciones no graves o que no figuren en el informe del vehículo, esta trasferencia sí podrá realizarse. Las sanciones no se transfieren durante la compraventa de un vehículo, ya que van asociadas al conductor del mismo.

No se puede transferir un coche con reserva de dominio

Si el vehículo que se desea transferir tiene una reserva de dominio, quiere decir que en un primer lugar fue adquirido mediante un contrato de venta a plazos, en el que el vendedor o la entidad financiera y el comprador, acordaron que la propiedad del vehículo no podría producirse hasta que el comprador hubiese pagado la totalidad del precio del mismo. Por tanto, el vehículo no puede transferirse hasta liquidar el préstamo con la entidad en cuestión.

En caso de haber realizado ya la liquidación de la deuda, es posible que la entidad no haya cancelado la inscripción de deuda en el Registro de Bienes Muebles y, en ese caso, tendremos que realizar este trámite nosotros mismos.

Un vehículo no puede transferirse en caso de impago del IVTM

Antes de poner en venta un vehículo debería estar totalmente libre de deudas y cargas, además de contar con todos los impuestos de circulación abonados y en regla. Esto incluye el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, o impuesto de circulación.

Si el vehículo que deseamos adquirir tiene pendiente de pago el IVTM y dicho impago consta en la DGT, entonces el vehículo no puede transferirse hasta que se liquide la deuda con el ayuntamiento correspondiente, que tendrá que comunicar a la DGT la liquidación del impuesto. Este trámite puede demorarse un poco en el tiempo.